1/4/11

Lavado de dinero. Nuevas pautas para donaciones y aportes a empresas (Res. UIF 30/2011).

La resolución UIF nº 30/2011 establece que las personas jurídicas que reciben aportes o donativos superiores a los $50.000, ya sea en efectivo o en bienes, tienen un plazo de 30 días para observar las normas antilavado exigidas a los sujetos obligados a reportar al Estado transacciones sospechosas.
Si los montos involucrados superan los $100.000, se deberá presentar una declaración jurada que de cuenta de la licitud de los fondos, y cuando excedan los $200.000, a ese documento deber anexarse la documentación respaldatoria que corresponda, según la nueva resolución.

De existir indicios de una donación sospechosa, deber presentarse el reporte a la UIF en el término perentorio de 30 días, y ese plazo se reducir a sólo 48 horas si se presume la comisión de maniobras vinculadas con actos de terrorismo.

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